Cobertura básica
- Fallecimiento por cualquier causa
Coberturas opcionales
- Fallecimiento por accidente: la compañía indemnizaría al beneficiario 2 veces el capital contratado para la cobertura básica, si fallezco por un accidente.
- Fallecimiento por accidente de circulación: la compañía indemnizara 3 veces el capital contratado, si fallezco por un accidente de circulación (como peatón provocado por un vehículo, como conductor o pasajero de vehículo terrestre y como usuario de transportes públicos)
- Invalidez por cualquier causa: La compañía me indemnizara el capital contratado si sufro una invalidez que me inhabilite para cualquier tipo de trabajo.
- Invalidez por accidente: la compañía me indemnizara el capital contratado si sufro una invalidez que me inhabilite para cualquier tipo de trabajo.
- Invalidez por accidente de circulación: La compañía me indemnizara 3 veces el capital contratado si sufro una invalidez que me inhabilita para cualquier trabajo y ha sido causado por un accidente de circulación.
Estas dos últimas opciones son las llamadas doble y triple capital.
- Incapacidad permanente total: es la invalidez que me inhabilita para ejercer mi profesión declarada en póliza.
- Graves enfermedades: al contratar esta garantía la compañía me indemniza un capital pactado en póliza (no tiene por qué coincidir con el de la cobertura principal) si contraigo una serie de enfermedades estipuladas en póliza.